Transferencia de patentes y/o modelos de utilidad concedidos

Transferir o ceder la Patente y/o Modelo de Utilidad concedidos, lo cual le garantiza la propiedad y el uso exclusivo de la misma a una tercera persona, pudiendo ejercer todas las defensas por el uso no autorizado por parte de terceros.


¿A quién está dirigido?

El Trámite puede realizarse tanto en forma personal, como a través de un Agente de la Propiedad Industrial. Cuando las Solicitudes sean presentadas por medio de representante legal, éste deberá acreditar su personería mediante:
  • a) Poder o copia de poder certificada que lo faculte.
  • b) Poder otorgado de conformidad con la legislación aplicable en el lugar donde se otorgue o de acuerdo a los tratados internacionales, en caso de que el representante sea una persona jurídica extranjera.
  • c) En cada expediente que se tramite deberá acreditarse la personería del representante, siendo suficiente una copia simple del poder suscripta por el apoderado, si el poder se encontrara inscripto en el registro general de poderes que obrara en el INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL bastará con mencionar el número del mismo.
Se debe constituir un domicilio legal en el ámbito del Territorio Nacional.